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RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA CIUDADANOS ARGENTINOS EN EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

A la fecha se recomienda permanecer en sus domicilios/hoteles o lugar seguro estipulado por las autoridades locales hasta nuevo aviso y mantenerse alejados de instalaciones militares en los EAU

Permanecer alerta y acatar  las instrucciones de autoridades y sistemas de alerta locales a través de comunicaciones oficiales de las autoridades emiratíes por todos los medios oficiales posibles tales como la Agencia WAM de noticias, las Policías de Abu Dhabi y Dubai y el Ministerio del Interior y de Defensa de los EAU

Contar con pasaporte vigente y en buenas condiciones, así como toda otra documentación necesaria para viajar o identificarse (venia de viaje y partidas de nacimiento o libro de familia, DNI, libreta de casamiento)

En caso único y exclusivo de verse su integridad física afectada/comprometida comunicarse al teléfono de guardia de emergencia consular de esta Embajada.

RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA CIUDADANOS ARGENTINOS QUE PREVEAN VIAJES/TRÁNSITO EN LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

Se recomienda NO realizar viajes no esenciales o de turismo a los Emiratos Árabes Unidos y postergarlos hasta nuevo aviso cuando la situación regional se haya estabilizado y solicita especialmente evitar el tránsito por los Aeropuertos Internacionales de esta jurisdicción atento restricciones del espacio aéreo local y dinámicas disrupciones/cancelaciones de vuelos comerciales internacionales.

En caso de tener programados vuelos deberán comunicarse directamente con las aerolíneas y seguir estrictamente las alertas de viaje de los Aeropuertos Internacionales correspondientes ante la la situación dinámica del espacio aéreo en la región.

De encontrarse de visita por turismo o por viaje no esencial, se recomienda enfáticamente abandonar esta jurisdicción cuando la situación y el tráfico aéreo lo permita.

RECOMENDACIONES ADICIONALES A LA COMUNIDAD ARGENTINA RESIDENTE EN LOS EAU Y CIUDADANOS ARGENTINOS EN LA JURISDICCIÓN

  1. El Ministerio del Interior de los EAU urge a todos los ciudadanos, residentes extranjeros y visitantes en esta jurisdicción contactarse al número de guardia 999 para casos de afectación/emergencia de integridad física únicamente, a efectos de dar pronta respuesta de la autoridad emiratí competente en terreno.
  2. La Fiscalía Pública de los Emiratos Árabes Unidos (EAU) advierte a los ciudadanos, residentes extranjeros y visitantes en esta jurisdicción sobre las consecuencias legales de publicar o circular rumores e información de fuentes desconocidas o información no corroborada o falsa (fake news) a través de plataformas de redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, debido a las consecuencias de los mismos, incluida la propagación de confusión y el daño a la seguridad y estabilidad de los EAU.

La Fiscalía reitera la necesidad de obtener información únicamente de fuentes oficiales y acreditadas, y abstenerse de dejarse influenciar por el contenido que se publica o circula sin verificación.

Cualquier persona que comparta o reenvíe contenido de fuentes desconocidas estará sujeta a responsabilidad legal de acuerdo con la legislación aplicable, incluso si no es el creador original de dicho contenido, tal la información indicada por dicho organismo.

SE SOLICITA LA COLABORACIÓN DE LOS CIUDADANOS ARGENTINOS EN LA JURISDICCIÓN DE ABSTENERSE A PRESTARSE A ESTE TIPO DE PRÁCTICAS, POR LA SEGURIDAD Y BIENESTAR DE QUIENES SE ENCUENTRAN EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN.

Emergency hotline 999
REGRESAR

Repatrio - Certificado de Residencia

 

Conforme con lo dispuesto por la ley de Migraciones Nro 25.871 y su Decreto Reglamentario 616/2010, los argentinos que luego de dos años de vivir en el extranjero regresen a residir a la República Argentina, podrán importar, libres de gravámenes, los efectos personales, muebles y otros bienes de uso doméstico de su propiedad, que ingresan bajo el régimen de la Resolución General ANA 3751/1994 (Régimen General de Equipaje de Importación y Exportación - "Equipaje no acompañado").
 
El beneficio, incluye la importación de herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, siempre que estos no permitan presumir la instalación de talleres, laboratorios comerciales, industriales o semejantes. También es posible importar un automóvil usado (ver Ingreso de Vehículos a la
Argentina), bajo el régimen de la Resolución General AFIP 3109/2011 y su modificatoria 3181/2011. A dichos efectos, el Consulado expide un certificado de residencia.
 
Condiciones para acceder al beneficio:
 
Argentinos que acrediten residencia en el exterior por un período superior a dos (2) años.
 
No haber utilizado igual franquicia en los siete (7) últimos años.
 
Extranjeros que obtengan su residencia permanente en el país, cuando viajen al país a establecerse por primera vez.
 
Requisitos para obtener el Certificado de Residencia:
 
Acreditar fehacientemente su residencia de más de dos años en la jurisdicción de este Consulado General, mediante la presentación de la siguiente documentación:
 
1. Pasaporte Argentino, donde esten estampadas visas de residentes en EAU, desde la primera visa.
 
2. Constancias de residencia en la jurisdicción. Contrato de
arrendamiento o titulo de propiedad de vivienda. Tambien podrá presentar carta de empleador donde se mencione cobertura por vivienda.
 
El arancel es de 296.00 Dhs.
 
El Certificado de Residencia extendido por el Consulado deberá ser presentado ante la Dirección General de Aduanas de la Argentina (AFIP/DGA). El Certificado se expide con una validez de 6 (seis) meses y ampara el ingreso de los bienes a la República desde tres (3) meses antes hasta seis (6) meses después de la fecha de ingreso definitivo del titular al país.
 
Podrá obtener información detallada ingresando al siguiente sitio de la AFIP:
 
Correo electrónico: info@afip.gov.ar

 

 

Fecha de actualización: 29/06/2020