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RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA CIUDADANOS ARGENTINOS EN EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

A la fecha se recomienda permanecer en sus domicilios/hoteles o lugar seguro estipulado por las autoridades locales hasta nuevo aviso y mantenerse alejados de instalaciones militares en los EAU

Permanecer alerta y acatar  las instrucciones de autoridades y sistemas de alerta locales a través de comunicaciones oficiales de las autoridades emiratíes por todos los medios oficiales posibles tales como la Agencia WAM de noticias, las Policías de Abu Dhabi y Dubai y el Ministerio del Interior y de Defensa de los EAU

Contar con pasaporte vigente y en buenas condiciones, así como toda otra documentación necesaria para viajar o identificarse (venia de viaje y partidas de nacimiento o libro de familia, DNI, libreta de casamiento)

En caso único y exclusivo de verse su integridad física afectada/comprometida comunicarse al teléfono de guardia de emergencia consular de esta Embajada.

RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA CIUDADANOS ARGENTINOS QUE PREVEAN VIAJES/TRÁNSITO EN LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

Se recomienda NO realizar viajes no esenciales o de turismo a los Emiratos Árabes Unidos y postergarlos hasta nuevo aviso cuando la situación regional se haya estabilizado y solicita especialmente evitar el tránsito por los Aeropuertos Internacionales de esta jurisdicción atento restricciones del espacio aéreo local y dinámicas disrupciones/cancelaciones de vuelos comerciales internacionales.

En caso de tener programados vuelos deberán comunicarse directamente con las aerolíneas y seguir estrictamente las alertas de viaje de los Aeropuertos Internacionales correspondientes ante la la situación dinámica del espacio aéreo en la región.

De encontrarse de visita por turismo o por viaje no esencial, se recomienda enfáticamente abandonar esta jurisdicción cuando la situación y el tráfico aéreo lo permita.

RECOMENDACIONES ADICIONALES A LA COMUNIDAD ARGENTINA RESIDENTE EN LOS EAU Y CIUDADANOS ARGENTINOS EN LA JURISDICCIÓN

  1. El Ministerio del Interior de los EAU urge a todos los ciudadanos, residentes extranjeros y visitantes en esta jurisdicción contactarse al número de guardia 999 para casos de afectación/emergencia de integridad física únicamente, a efectos de dar pronta respuesta de la autoridad emiratí competente en terreno.
  2. La Fiscalía Pública de los Emiratos Árabes Unidos (EAU) advierte a los ciudadanos, residentes extranjeros y visitantes en esta jurisdicción sobre las consecuencias legales de publicar o circular rumores e información de fuentes desconocidas o información no corroborada o falsa (fake news) a través de plataformas de redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, debido a las consecuencias de los mismos, incluida la propagación de confusión y el daño a la seguridad y estabilidad de los EAU.

La Fiscalía reitera la necesidad de obtener información únicamente de fuentes oficiales y acreditadas, y abstenerse de dejarse influenciar por el contenido que se publica o circula sin verificación.

Cualquier persona que comparta o reenvíe contenido de fuentes desconocidas estará sujeta a responsabilidad legal de acuerdo con la legislación aplicable, incluso si no es el creador original de dicho contenido, tal la información indicada por dicho organismo.

SE SOLICITA LA COLABORACIÓN DE LOS CIUDADANOS ARGENTINOS EN LA JURISDICCIÓN DE ABSTENERSE A PRESTARSE A ESTE TIPO DE PRÁCTICAS, POR LA SEGURIDAD Y BIENESTAR DE QUIENES SE ENCUENTRAN EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN.

Emergency hotline 999
REGRESAR

Ingreso a Emiratos Árabes Unidos

Documentos de viaje

Los titulares de pasaporte ordinario (pasaporte RENAPER) válido no necesitan visa para ingresar a los Emiratos Árabes Unidos (EAU) en calidad de turista o para realizar negocios. El plazo máximo de estadía permitido es de 90 días. Si usted realiza escalas en otros destinos verifique las condiciones de ingreso de los mismos.

Al momento de ingresar a los EAU, el pasaporte debe tener una validez remanente de por lo menos 6 meses. Si se ingresó como turista no se pueden realizar tareas remuneradas en el país.

Si usted es portador de un Pasaporte de Emergencia debe tramitar previamente a su arribo a los EAU un visado de turismo, el cual en la práctica no es posible obtener dado que los visados emiratíes son electrónicos y se emiten únicamente para pasaportes ordinarios biométricos (no de emergencia). ‎Por tanto, tenga presente que con un pasaporte de emergencia NO podrá ingresar a los EAU ya que las aerolíneas impedirán su embarque. Se recuerda que esta limitación aplica para todos los pasaportes de emergencia de todos los países del mundo.

Ante robo o pérdida de documentación se debe realizar la denuncia policial y contactarse con la Embajada argentina en Abu Dhabi.

MUY IMPORTANTE : EL PLAZO DE ESTADÍA MÁXIMA SIN VISA ES DE 90 DÍAS EN UN PERÍODO DE 180 DÍAS (ES DECIR, TRES MESES EN UN PERÍODO DE 6 MESES) - SI USTED EGRESA DE TERRITORIO EMIRATÍ E INMEDIATAMENTE VUELVE A INGRESAR EN MENOS DE 90 DÍAS, SUS DÍAS DE PERMANENCIA EFECTIVA SIN VISADO SEGUIRÁN CONTANDO EN FUNCIÓN DE SU PRIMER INGRESO

Puntos a tener en cuenta:

1. Plazo de permanencia: 90 (noventa) días (corridos o interrumpidos) no prorrogables, dentro de un período de 180 días;
2. Mecanismo de cálculo de los 90 días: se calculan los 90 (noventa) días a partir de la fecha de la primera entrada al país;
3. En caso de permanecer en el país días corridos o interrumpidos: el período de permanencia máxima en el país (90 días), se calculará en períodos de cada 180 días (6 meses):
a) 90 días corridos con la condición de salir y permanecer fuera del país 90 días;
b) 90 días interrumpidos se calculan a partir de la fecha de la primera entrada al país en un período de hasta 180 días;
4. Multa de 50 AED (dírhams emiratíes - aprox. USD 14) por cada día de estancia adicional en el país pasados los 90 días, con la condición de pagar la multa correspondiente y tramitar el respectivo "exit pass" en el aeropuerto al momento de egresar de territorio emiratí.

Productos a declarar en la aduana

Los pasajeros encontrarán en los siguientes links toda la información sobre las mercancías que pueden embarcar, las restringidas, las que necesitan permisos especiales y el equipaje exento de aranceles e impuestos:

Los bienes exentos incluyen obsequios personales con un valor máximo de hasta 3.000 Dirhams, cigarrillos (máximo 400 cigarrillos), puros (máximo 50 puros) y tabaco (máximo 500 gramos). Todo lo que supere estos valores está sujeto a derechos de aduana.

Tenencias de dinero: Todos los pasajeros entrantes y salientes, que tengan 18 años o más, deben declarar el dinero que poseen, ya sea en efectivo, cheques o joyas preciosas, si valen más de 60.000 dirhams (todo el dinero en efectivo que posean los pasajeros menores de 18 años se sumará a lo que lleven sus tutores).

Obsequios: Para estar exentos de derechos de aduana, los obsequios deben ser para fines personales y no comerciales, aplicándose a tal efecto el criterio de las autoridades de aduana en función del valor y la cantidad de la mercancía transportada a bordo.

Equipos audiovisuales: Las cámaras de fotos profesionales, equipos de películas y otros formatos de medios audiovisuales, dispositivos inalámbricos y drones necesitarán aprobación previa.

Medicamentos: Hay una nómina de drogas medicinales (psicotrópicos, analgésicos y antihistamínicos) no autorizadas o restringidas tanto para el ingreso a los Emiratos Árabes Unidos como para pasajeros en tránsito. Esa lista puede consultarse en: https://u.ae/en/information-and-services/health-and-fitness/drugs-and-controlled-medicines; y https://www.fca.gov.ae/en/pages/travelersguide.aspx. Se recomienda una atenta lectura de dicha lista y de las aclaraciones contenidas en la columna de la derecha del documento: se detalla cuales están prohibidos y cuales restringidos bajo ciertos requisitos de riguroso cumplimiento (por ejemplo: prescripción médica y reporte médico firmado por el profesional y extendida a nombre del viajero, con todos sus detalles, debe estar traducida al árabe o inglés y con correspondientes legalizaciones. Para certificarla por la Embajada de los EAU en la Argentina deberá pasar primeramente por el Departamento de Legalizaciones de la Cancillería Argentina). Para aquellas drogas regulares cuyo ingreso a los EAU sí está autorizado (no incluidas en el listado de referencia) sólo se autorizan cantidades para consumo personal, que no exceda los 3 meses de su consumo, y se requiere contar con la prescripción médica y registrarlos a través de la página del Ministerio de Salud de los EAU: https://mohap.gov.ae/en/home.

 

 

Fecha de actualización: 23/01/2026