Documentos de viaje
Los titulares de pasaporte ordinario (pasaporte RENAPER) válido no necesitan visa para ingresar a los Emiratos Árabes Unidos (EAU) en calidad de turista o para realizar negocios. El plazo máximo de estadía permitido es de 90 días. Si usted realiza escalas en otros destinos verifique las condiciones de ingreso de los mismos.
Al momento de ingresar a los EAU, el pasaporte debe tener una validez remanente de por lo menos 6 meses. Si se ingresó como turista no se pueden realizar tareas remuneradas en el país.
Si usted es portador de un Pasaporte de Emergencia debe tramitar previamente a su arribo a los EAU un visado de turismo. Caso contrario las autoridades emiratíes le denegarán el ingreso al país.
Ante robo o pérdida de documentación se debe realizar la denuncia policial y contactarse con la Embajada argentina en Abu Dhabi.
Productos a declarar en la aduana
Los pasajeros encontrarán en los siguientes links toda la información sobre las mercancías que pueden embarcar, las restringidas, las que necesitan permisos especiales y el equipaje exento de aranceles e impuestos:
- https://www.dubaicustoms.gov.ae/en/eServices/Pages/ViewInformation.aspx
- https://www.dubaicustoms.gov.ae/en/NewsCenter/Pages/NewsDetail.aspx?News...
- https://www.abudhabiairport.ae/en/passenger-guide/arrival/airport-information
Los bienes exentos incluyen obsequios personales con un valor máximo de hasta 3.000 Dirhams, cigarrillos (máximo 400 cigarrillos), puros (máximo 50 puros) y tabaco (máximo 500 gramos). Todo lo que supere estos valores está sujeto a derechos de aduana.
Tenencias de dinero: Todos los pasajeros entrantes y salientes, que tengan 18 años o más, deben declarar el dinero que poseen, ya sea en efectivo, cheques o joyas preciosas, si valen más de 60.000 dirhams (todo el dinero en efectivo que posean los pasajeros menores de 18 años se sumará a lo que lleven sus tutores).
Obsequios: Para estar exentos de derechos de aduana, los obsequios deben ser para fines personales y no comerciales, aplicándose a tal efecto el criterio de las autoridades de aduana en función del valor y la cantidad de la mercancía transportada a bordo.
Equipos audiovisuales: Las cámaras de fotos profesionales, equipos de películas y otros formatos de medios audiovisuales, dispositivos inalámbricos y drones necesitarán aprobación previa.
Medicamentos: Hay una nómina de drogas medicinales (psicotrópicos, analgésicos y antihistamínicos) no autorizadas o restringidas tanto para el ingreso a los Emiratos Árabes Unidos como para pasajeros en tránsito. Esa lista puede consultarse en: https://u.ae/en/information-and-services/health-and-fitness/drugs-and-controlled-medicines; y https://www.fca.gov.ae/en/pages/travelersguide.aspx. Se recomienda una atenta lectura de dicha lista y de las aclaraciones contenidas en la columna de la derecha del documento: se detalla cuales están prohibidos y cuales restringidos bajo ciertos requisitos de riguroso cumplimiento (por ejemplo: prescripción médica y reporte médico firmado por el profesional y extendida a nombre del viajero, con todos sus detalles, debe estar traducida al árabe o inglés y con correspondientes legalizaciones. Para certificarla por la Embajada de los EAU en la Argentina deberá pasar primeramente por el Departamento de Legalizaciones de la Cancillería Argentina). Para aquellas drogas regulares cuyo ingreso a los EAU sí está autorizado (no incluidas en el listado de referencia) sólo se autorizan cantidades para consumo personal, que no exceda los 3 meses de su consumo, y se requiere contar con la prescripción médica y registrarlos a través de la página del Ministerio de Salud de los EAU: https://mohap.gov.ae/en/home.