|

RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA CIUDADANOS ARGENTINOS EN EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

A la fecha se recomienda permanecer en sus domicilios/hoteles o lugar seguro estipulado por las autoridades locales hasta nuevo aviso y mantenerse alejados de instalaciones militares en los EAU

Permanecer alerta y acatar  las instrucciones de autoridades y sistemas de alerta locales a través de comunicaciones oficiales de las autoridades emiratíes por todos los medios oficiales posibles tales como la Agencia WAM de noticias, las Policías de Abu Dhabi y Dubai y el Ministerio del Interior y de Defensa de los EAU

Contar con pasaporte vigente y en buenas condiciones, así como toda otra documentación necesaria para viajar o identificarse (venia de viaje y partidas de nacimiento o libro de familia, DNI, libreta de casamiento)

En caso único y exclusivo de verse su integridad física afectada/comprometida comunicarse al teléfono de guardia de emergencia consular de esta Embajada.

RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA CIUDADANOS ARGENTINOS QUE PREVEAN VIAJES/TRÁNSITO EN LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

Se recomienda NO realizar viajes no esenciales o de turismo a los Emiratos Árabes Unidos y postergarlos hasta nuevo aviso cuando la situación regional se haya estabilizado y solicita especialmente evitar el tránsito por los Aeropuertos Internacionales de esta jurisdicción atento restricciones del espacio aéreo local y dinámicas disrupciones/cancelaciones de vuelos comerciales internacionales.

En caso de tener programados vuelos deberán comunicarse directamente con las aerolíneas y seguir estrictamente las alertas de viaje de los Aeropuertos Internacionales correspondientes ante la la situación dinámica del espacio aéreo en la región.

De encontrarse de visita por turismo o por viaje no esencial, se recomienda enfáticamente abandonar esta jurisdicción cuando la situación y el tráfico aéreo lo permita.

RECOMENDACIONES ADICIONALES A LA COMUNIDAD ARGENTINA RESIDENTE EN LOS EAU Y CIUDADANOS ARGENTINOS EN LA JURISDICCIÓN

  1. El Ministerio del Interior de los EAU urge a todos los ciudadanos, residentes extranjeros y visitantes en esta jurisdicción contactarse al número de guardia 999 para casos de afectación/emergencia de integridad física únicamente, a efectos de dar pronta respuesta de la autoridad emiratí competente en terreno.
  2. La Fiscalía Pública de los Emiratos Árabes Unidos (EAU) advierte a los ciudadanos, residentes extranjeros y visitantes en esta jurisdicción sobre las consecuencias legales de publicar o circular rumores e información de fuentes desconocidas o información no corroborada o falsa (fake news) a través de plataformas de redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, debido a las consecuencias de los mismos, incluida la propagación de confusión y el daño a la seguridad y estabilidad de los EAU.

La Fiscalía reitera la necesidad de obtener información únicamente de fuentes oficiales y acreditadas, y abstenerse de dejarse influenciar por el contenido que se publica o circula sin verificación.

Cualquier persona que comparta o reenvíe contenido de fuentes desconocidas estará sujeta a responsabilidad legal de acuerdo con la legislación aplicable, incluso si no es el creador original de dicho contenido, tal la información indicada por dicho organismo.

SE SOLICITA LA COLABORACIÓN DE LOS CIUDADANOS ARGENTINOS EN LA JURISDICCIÓN DE ABSTENERSE A PRESTARSE A ESTE TIPO DE PRÁCTICAS, POR LA SEGURIDAD Y BIENESTAR DE QUIENES SE ENCUENTRAN EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN.

Emergency hotline 999
REGRESAR

DUELO NACIONAL Decreto 936/2020 DCTO-2020-936-APN-PTE - Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República

DUELO NACIONAL
Decreto 936/2020
DCTO-2020-936-APN-PTE - Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.

Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-81694260-APN-CGD#SGP y que en el día de la fecha se ha producido el fallecimiento de Diego Armando MARADONA, y

CONSIDERANDO:

Que Diego Armando MARADONA consagró su vida al fútbol, deporte que abrazó con pasión y entrega total y en el que su inmensa habilidad con la pelota lo consagró como el mejor futbolista del mundo y una persona que nos hizo inmensamente felices a los argentinos y a las argentinas.

Que Diego Armando MARADONA, popularmente llamado "Pelusa", o simplemente Diego, nació el 30 de octubre de 1960, en Villa Fiorito, partido de Lanús, en la Provincia de BUENOS AIRES, iniciándose en el mundo del fútbol a los NUEVE (9) años de edad, en el equipo infantil conocido como "Los Cebollitas" de las inferiores de la ASOCIACIÓN ATLÉTICA ARGENTINOS JUNIORS, club en el que debutó en Primera División con tan solo DIECISÉIS (16) años, habiéndose desempeñado también en nuestro país en los clubes BOCA JUNIORS y NEWELL'S OLD BOYS.

Que en el año 1979 fue convocado para la Selección Juvenil Argentina de Fútbol con el fin de disputar el Campeonato de la Copa Mundial de Fútbol Sub-20, realizada en JAPÓN, evento en el que se destacó como indiscutido líder y llevó al equipo a la obtención del Título de Campeón del Mundo Juvenil, habiendo sido elegido el mejor jugador del torneo.

Que llevó adelante una exitosa carrera en el exterior, mostrando su talento en clubes españoles, tales como el FÚTBOL CLUB BARCELONA y el SEVILLA FÚTBOL CLUB y en ITALIA, donde brilló en el equipo de la Ciudad de NÁPOLES, la "SOCIETÀ SPORTIVA CALCIO NAPOLI", obteniendo lauros con esa institución que lo convertirían en un ídolo único para todo el pueblo napolitano.

Que en la Decimotercera Copa Mundial de la FIFA que se realizó en el año 1986, en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, fue el líder indiscutido y Capitán de la Selección Nacional Campeona del Mundo, convirtiendo CINCO (5) goles, entre ellos el mejor gol de la historia.

Que la obtención del Mundial de fútbol, sus goles y el carisma que lo caracterizó hicieron de él un ícono inigualable del deporte nacional.

Que en el "Mundial 90" obtuvo el Subcampeonato Mundial en la REPÚBLICA ITALIANA y su llanto, luego de la final perdida, quedó grabado en la retina de todo un país.

Que su inigualable destreza futbolística lo transformó en una de las personas más conocidas del mundo, traspasando las fronteras y siendo reconocido unánimemente como el Mejor Jugador del mundo.

Que el 25 de octubre de 1997 Diego Armando MARADONA jugó su último partido oficial, habiendo obtenido en su inmensa trayectoria numerosos títulos, galardones y homenajes.

Que, más allá de sus logros individuales y grupales como futbolista, llevó al deporte a su máxima expresión, representando a cualquier argentino o argentina en el mundo, de manera tal que decir "ARGENTINA", inmediatamente traía como respuesta "MARADONA".

Que tras su retiro como jugador, tuvo la valentía de continuar asumiendo diversos desafíos profesionales ligados al deporte, y lo hizo actuando como director técnico, en nuestro país en instituciones como el CLUB DEPORTIVO MANDIYÚ, en RACING CLUB, en el CLUB GIMNASIA Y ESGRIMA de LA PLATA y en la Selección Argentina.

Que a sus SESENTA (60) años de edad, el 25 de noviembre de 2020, se conoció la triste noticia del fallecimiento de Diego Armando MARADONA, el cual enluta a la Nación entera, a la cual supo hacer inmensamente feliz.

Que por su trayectoria es reconocido por el ESTADO NACIONAL por todo lo que ha contribuido a nuestro deporte, dejando un importante legado a los argentinos y a las argentinas.

Que en virtud de ello, resulta un deber del GOBIERNO NACIONAL honrar la memoria de Diego Armando MARADONA, con motivo de su fallecimiento.

Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA por el término de TRES (3) días a partir del día de la fecha, con motivo del fallecimiento de Diego Armando MARADONA (D.N.I. Nº 14.276.579).

ARTÍCULO 2º.- Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Matías Lammens

e. 25/11/2020 N° 20374/2020 v. 25/11/2020

 

 

Fecha de actualización: 26/11/2020