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RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA CIUDADANOS ARGENTINOS EN EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

A la fecha se recomienda permanecer en sus domicilios/hoteles o lugar seguro estipulado por las autoridades locales hasta nuevo aviso y mantenerse alejados de instalaciones militares en los EAU

Permanecer alerta y acatar  las instrucciones de autoridades y sistemas de alerta locales a través de comunicaciones oficiales de las autoridades emiratíes por todos los medios oficiales posibles tales como la Agencia WAM de noticias, las Policías de Abu Dhabi y Dubai y el Ministerio del Interior y de Defensa de los EAU

Contar con pasaporte vigente y en buenas condiciones, así como toda otra documentación necesaria para viajar o identificarse (venia de viaje y partidas de nacimiento o libro de familia, DNI, libreta de casamiento)

En caso único y exclusivo de verse su integridad física afectada/comprometida comunicarse al teléfono de guardia de emergencia consular de esta Embajada.

RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA CIUDADANOS ARGENTINOS QUE PREVEAN VIAJES/TRÁNSITO EN LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

Se recomienda NO realizar viajes no esenciales o de turismo a los Emiratos Árabes Unidos y postergarlos hasta nuevo aviso cuando la situación regional se haya estabilizado y solicita especialmente evitar el tránsito por los Aeropuertos Internacionales de esta jurisdicción atento restricciones del espacio aéreo local y dinámicas disrupciones/cancelaciones de vuelos comerciales internacionales.

En caso de tener programados vuelos deberán comunicarse directamente con las aerolíneas y seguir estrictamente las alertas de viaje de los Aeropuertos Internacionales correspondientes ante la la situación dinámica del espacio aéreo en la región.

De encontrarse de visita por turismo o por viaje no esencial, se recomienda enfáticamente abandonar esta jurisdicción cuando la situación y el tráfico aéreo lo permita.

RECOMENDACIONES ADICIONALES A LA COMUNIDAD ARGENTINA RESIDENTE EN LOS EAU Y CIUDADANOS ARGENTINOS EN LA JURISDICCIÓN

  1. El Ministerio del Interior de los EAU urge a todos los ciudadanos, residentes extranjeros y visitantes en esta jurisdicción contactarse al número de guardia 999 para casos de afectación/emergencia de integridad física únicamente, a efectos de dar pronta respuesta de la autoridad emiratí competente en terreno.
  2. La Fiscalía Pública de los Emiratos Árabes Unidos (EAU) advierte a los ciudadanos, residentes extranjeros y visitantes en esta jurisdicción sobre las consecuencias legales de publicar o circular rumores e información de fuentes desconocidas o información no corroborada o falsa (fake news) a través de plataformas de redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, debido a las consecuencias de los mismos, incluida la propagación de confusión y el daño a la seguridad y estabilidad de los EAU.

La Fiscalía reitera la necesidad de obtener información únicamente de fuentes oficiales y acreditadas, y abstenerse de dejarse influenciar por el contenido que se publica o circula sin verificación.

Cualquier persona que comparta o reenvíe contenido de fuentes desconocidas estará sujeta a responsabilidad legal de acuerdo con la legislación aplicable, incluso si no es el creador original de dicho contenido, tal la información indicada por dicho organismo.

SE SOLICITA LA COLABORACIÓN DE LOS CIUDADANOS ARGENTINOS EN LA JURISDICCIÓN DE ABSTENERSE A PRESTARSE A ESTE TIPO DE PRÁCTICAS, POR LA SEGURIDAD Y BIENESTAR DE QUIENES SE ENCUENTRAN EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN.

Emergency hotline 999
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NORMATIVA ACTUALIZADA RESPECTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA

NORMATIVA ACTUALIZADA RESPECTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA  (SEAD):

EL SERVICIO: El SEAD atiende los requerimientos educativos de niños y jóvenes argentinos o hijos de ciudadanos argentinos que por diversas razones deben residir temporariamente en el exterior.

Brinda Educación Primaria y Secundaria con el fin de posibilitar la práctica del idioma nacional, mantener el sentimiento de pertenencia al país de origen y facilitar la reincorporación en el Sistema Educativo Argentino.

Se cursa a través de aulas virtuales y se evalúa bimestralmente. Se pueden cursar períodos o grados/años completos. El grado/año completo abarca cuatro evaluaciones de cada área de estudio, que se envían según cronograma de evaluaciones personalizado.

Las evaluaciones llegan por correo electrónico a la dirección de uno de los padres, deberán completarse en forma manuscrita en la semana de recibidas y remitirse al SEAD para su corrección, por correo postal. El envío de dicha evaluación al SEAD quedará a cargo de las familias.

 Las evaluaciones deben rendirse en una Representación Diplomática si viven a menos de 100 Km de distancia de dicha sede. Si la distancia es menor de 100 km. pero mayor de 50 km., pueden solicitar la opción de completar solo las 2° y 4° evaluaciones en la sede  diplomática. Cuando reciben la evaluación, deben pedir un turno en dicha sede para completarla allí.

Los alumnos de 5º año de Educación Secundaria que se encuentran a una distancia mayor de 100Km de una sede diplomática, deben rendir obligatoriamente la cuarta evaluación de 5° año, en una Representación Diplomática argentina cualquiera sea la distancia, para poder dar legitimidad al año cursado en el Servicio. Quedan excluidos de esta exigencia los alumnos que aprobaron en la Argentina, como mínimo un trimestre de dicho año.

REQUISITOS:

1. Los alumnos podrán ser inscriptos en primer grado si tienen cumplidos seis años al 30 de junio del año en curso.

2. El SEAD otorga al alumno el certificado de aprobación del año o período que completó.

3. El certificado otorgado por el SEAD tiene la misma validez que los otorgados en las instituciones educativas de las distintas jurisdicciones del país.

4. Al dejar el Servicio, los alumnos se pueden incorporar al año inmediato superior al aprobado, en caso de haber completado el curso, o al período correspondiente.

PROCEDIMIENTO PARA LA TOMA DE EXAMENES:

1. Se deberá tener en cuenta que las evaluaciones tienen que completarse dentro de los cinco días hábiles de recibidas.

2. La evaluación llegará por correo electrónico a la dirección de uno de los padres, en la fecha estipulada previamente por calendario.

3. Los padres del interesado deben comunicarse con la representación diplomática y/o consular que le corresponda para coordinar la fecha y el horario en que pueda efectuarse la toma de evaluaciones, que no deberá superar los 5 días hábiles de la recepción.

4. El alumno debe estar solo, sin su familia en el momento de rendirlo.

Los familiares podrán esperarlo en un recinto próximo.

5. En ningún caso se aceptará que el alumno lleve la evaluación resuelta. 6. La autoridad diplomática a cargo de supervisar la instancia evaluativa, deberá firmar y sellar las evaluaciones avalando que se realizaron ante su presencia. También entregar en sobre cerrado y sellado para que los padres lo envíen al SEAD por correo postal.

INSCRIPCION:

La inscripción puede realizarse en forma presencial en la sede del SEAD, por Internet o por correo postal, a las siguientes direcciones: Oficinas del SEAD: Marcelo T. de Alvear 1650 - Primer piso - of.1 C.A.B.A. - República Argentina C.P. 1060 TE/FAX : 4129-1300 TE: 4129-1302

Correo electrónico: sead@me.gob.ar; sead@educacion.gob.ar

Documentación a presentar:

1. Fotocopia Partida de Nacimiento del alumno.

2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

3. -a) Para Educación Primaria: Fotocopia del Boletín o Constancia del último grado cursado en la República Argentina o en el exterior, o Boletín o Constancia del período escolar aprobado en la Argentina a la fecha de inscripción, en el caso de los alumnos que se ausentan una vez iniciado el año lectivo.

b) Para Educación Secundaria: Fotocopia del certificado analítico parcial de estudios cursados en la República Argentina o en el exterior.

En el caso de los alumnos que se ausentan una vez iniciado el año lectivo pueden entregar Boletín o Constancia del período escolar aprobado en la Argentina a la fecha de inscripción.

4. Ficha de inscripción debidamente completada.

5. Constancia de trabajo o permanencia en el exterior del padre o de la madre, que acredite residencia.