Las elecciones nacionales del 22 de octubre de 2017 que se celebrarán en todo el territorio de la República Argentina tendrán su correlato en las distintas Representaciones argentinas en el exterior.
Podrán votar, en la fecha de los comicios entre las 08:00 hs. y las 18:00 hs. (hora local), todos aquellos ciudadanos argentinos que hayan registrado en el DNI su domicilio en el exterior antes del 25 de abril de 2017. Los padrones cerraron el pasado 25 de abril y todos los cambios de domicilio hechos con posterioridad a esa fecha no han sido incluidos en el padrón para las próximas elecciones de octubre. Aquellos ciudadanos que no figuren en el padrón deberán hacer la justificación de la no emisión del voto.
Para confirmar si Ud. se encuentra habilitado para votar en el exterior, puede consultar el padrón electoral en el sitio: http://www.padron.gov.ar eligiendo la opción "Argentinos en el exterior".
Recuerde que los electores argentinos residentes en el exterior no están obligados a votar, su voto es voluntario.
El único documento válido para poder votar es el DNI con domicilio fuera del territorio nacional, en la jurisdicción consular correspondiente. El pasaporte NO es un documento con el cual se ejerza el derecho del voto.
JUSTIFICACION DE NO EMISION DEL VOTO
ARGENTINOS DE PASO EN EL EXTERIOR O CON DOMICILIO EN LA REPÚBLICA:
Los argentinos que tengan su domicilio asentado en la República Argentina y se encuentren en el exterior a la fecha de la elección deberán realizar la justificación de no emisión del voto.
Para justificar válidamente la no emisión del voto, los electores disponen de sesenta (60) días a partir de la fecha de los comicios, y para ello deberán presentar la documentación que acredite que el día de la elección no se encontraban en la República Argentina de alguna de las siguientes maneras:
ONLINE:
A través de la página web www.infractores.padron.gob.ar, adjuntando foto del pasaporte o documentación que acredite que a la fecha de las elecciones no se encontraba en la República Argentina.
Instructivo para justificar la no emisión del voto online: www.argentina.gob.ar/instructivo_justificacion_no_emision_voto_exterior
PERSONALMENTE:
Presentarse en la Embajada o Consulado Argentino más cercano a la ciudad en la que se encuentren en el exterior www.cancilleria.gob.ar/representaciones).
Presentarse ante la Secretaría Electoral que corresponda a su domicilio en la República (www.electoral.gov.ar/secretarias.php).
Embajada de la República Argentina en los Emiratos Árabes Unidos