Decisión Administrativa 63/2022
A partir del 29 de enero del 2022, de acuerdo a la Decisión Administrativa 63/202 (publicada en el Boletín oficial y cuya atenta lectura se recomienda), los requisitos de ingresos, que deberán ser acreditados frente a la compañía aérea al momento del embarque, son los siguientes:
A) Argentinos/as y extranjeros que cuenten con residencia en el país:
1. Completar la Declaración Jurada de la Dirección Nacional de Migraciones al menos 48hs previas al vuelo, que se encuentra disponible en:
https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php .
La confirmación deberá ser presentada a la aerolínea para posibilitar el embarque.
2. a) Con esquema de vacunación COMPLETO
En caso de haber completado el esquema de vacunación (se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de residencia) por lo menos 14 días antes del ingreso al país, se debe presentar los certificados de vacunación correspondientes.
El o la ingresante deberá presentar el certificado correspondiente y quedará exceptuado/a de cuarentena.
b) Con esquema de vacunación INCOMPLETO O NO VACUNADAS
Prueba PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al inicio del viaje (este requisito resulta exigible a partir de los 6 años de edad) o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas previas al inicio del viaje.
o
b) Contar con certificado de alta médica emitido dentro de los últimos NOVENTA (90) días previos al inicio del viaje y PCR positivo que acredite que sufrió Covid en ese lapso correspondiéndole dicha alta médica.
Los argentinos/as o residentes permanentes en el país que no se encuentren vacunadas contra el Covid-19, deberán realizar 7 días de cuarentena y un Test PCR con costo a su cargo al séptimo día, cuyo resultado negativo será condición necesaria para dar por finalizado el aislamiento.
B) Personas extranjeras no residentes en el país:
Reapertura al turismo para ciudadanos extranjeros que cuenten con el esquema de vacunación completo.
1. Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes del ingreso al país, hecho que deberá ser indicado en la Declaración Jurada Electrónica exigida por la Dirección Nacional de Migraciones y que resulta un requisito excluyente. De este modo quedarán eximidas de realizar cuarentena. Asimismo, deberá realizar un test PCR entre el 3° y el 5° día desde su ingreso al país, debiendo abstenerse durante esos días de estadía en el país de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados.
2. a) Realizar un test PCR dentro de las 72hs previas al inicio del viaje (este requisito resulta exigible a partir de los 6 años de edad) o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas previas al inicio del viaje.
3. Poseer un seguro de salud con cobertura COVID-19, con servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios en caso de resultar positivo, caso sospechoso o contacto estrecho, que deberá adjuntarse a la Declaración Jurada Electrónica.
4. Completar la Declaración Jurada de la Dirección Nacional de Migraciones al menos 48hs previas al vuelo, que se encuentra disponible en:
https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php .
La confirmación deberá ser presentada a la aerolínea para posibilitar el embarque.
Aclaraciones:
1. Menores de 18 años: Tanto los argentinos/as como los extranjeros menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación podrán ingresar al país y estarán eximidos de realizar cuarentena. No obstante ello, se recomienda no realizar actividades grupales ni concurrir a eventos grupales o masivos durante los primeros 7 días contados desde el arribo a Argentina.
2. Cabe señalar que el Ministerio de Salud de la Nación queda facultado a otorgar excepciones que permitan el ingreso de extranjeros mayores de edad que no cuenten con el ciclo de vacunación completo y cuya presencia sea requerida en el país por causa justificada, no siendo posible solicitar excepción alguna en caso de extranjeros que deseen ingresar al país por turismo o por visitas familiares.
3. Se destaca que es responsabilidad de cada pasajero presentar la totalidad de la documentación solicitada ante la aerolínea y autoridad migratoria nacional. De faltar algún documento, la aerolínea le impedirá el embarque.
4. Se recuerda que el teléfono de guardia del Consulado es únicamente para emergencias que implique riesgos a la salud, libertad o seguridad de un ciudadano argentino por lo que desde el mismo no se responderán consultas cuyas respuestas se encuentren en el presente documento.